Avalúos para el impuesto predial de Bogotá del año 2025 se ajustarán
En Bogotá, se buscan ajustar los rangos del avalúo catastral de los predios residenciales urbanos y no residenciales, para determinar el impuesto predial unificado del AG 2025.
La Secretaría Distrital de Hacienda publicó un proyecto de resolución, a través del cual busca ajustar los rangos del avalúo catastral de los predios residenciales urbanos y no residenciales, para determinar el impuesto predial unificado del año gravable 2025 en Bogotá.
Los ajustes se presentarían por la actualización anual de dichos rangos, teniendo en cuenta la variación del índice de precio de vivienda nueva -IPVN- con corte a junio de 2024.
Cabe recordar que este índice fue publicado por el DANE y se ubicó en 10,91 %.
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Competitividad fiscal y tasas impositivas: ¿dónde se encuentra Colombia en el 2024?
El índice de competitividad fiscal en Colombia 2024 muestra que el país ocupa el último lugar en la Ocde, con altas tasas impositivas y un sistema tributario complejo. Se proponen reformas estructurales para mejorar la atracción de inversiones y fomentar el crecimiento, siguiendo ejemplos de Estonia y Nueva Zelanda.
El Índice de competitividad fiscal internacional 2024 de Tax Foundation analiza los sistemas fiscales de 38 países de la Ocde, destacando a Estonia, Letonia y Nueva Zelanda como los países más competitivos gracias a sus sistemas impositivos transparentes y eficientes. Este índice se basa en cinco áreas clave: impuestos corporativos, impuestos individuales, impuestos al consumo, impuestos sobre la propiedad y fiscalidad internacional.
“Colombia ocupa el último lugar entre los países de la Ocde en según este índice, esto sugiere que su sistema tributario es uno de los menos atractivos para la inversión y el crecimiento económico”Tweet This
En este sentido, el análisis del sistema tributario de Colombia en comparación con otros países revela importantes desafíos en su competitividad. Colombia ocupa el último lugar entre los países de la Ocde en según este índice, esto sugiere que su sistema tributario es uno de los menos atractivos para la inversión y el crecimiento económico.
Tasa corporativa marginal máxima
La tasa de impuesto corporativo en Colombia es del 35 %, una de las más altas entre los países de la Ocde. En comparación, los países con sistemas tributarios competitivos, como Estonia y Letonia, aplican tasas mucho más bajas, alrededor del 20 %, y ofrecen estructuras que favorecen la inversión, como la reinversión de utilidades libres de impuestos. Esta elevada tasa en Colombia crea un entorno desventajoso para la inversión empresarial, además de que existen pocos incentivos fiscales significativos en capital de inversión, lo que limita la atracción de inversiones extranjeras.
Impuestos corporativos y eficiencia tributaria
El índice resalta el impacto del combined top marginal corporate income tax rate, que evalúa la tasa máxima impositiva que pagan las corporaciones al combinar impuestos a nivel estatal y federal en cada país. Por ejemplo, el promedio de la Ocde en esta tasa es de alrededor del 23,6 %, mientras que países como Francia tienen una de las tasas más elevadas con un 28 %, lo que los sitúa en desventaja frente a competidores con tasas más bajas. Estonia, en cambio, destaca con una tasa efectiva considerablemente baja debido a su política que solo grava las ganancias distribuidas, incentivando la reinversión y el crecimiento empresarial.
Los países que cuentan con tasas corporativas más altas enfrentan desafíos para atraer inversión extranjera directa –IED– y promover el crecimiento de negocios locales. La evidencia sugiere que las tasas elevadas pueden desalentar la inversión y hacer menos competitivos a estos países en un entorno global donde el capital busca mayor rendimiento.
Impuestos sobre la renta ordinaria
En cuanto a los impuestos sobre la renta de las personas, el taxes on ordinary income o impuesto sobre ingresos ordinarios es una métrica clave en este índice. Los países que aplican tasas más moderadas y que incluyen tramos progresivos suelen estar mejor posicionados para atraer trabajadores cualificados. Los países de la Ocde tienen, en promedio, una tasa marginal superior en ingresos ordinarios que ronda el 42 %, aunque esta cifra varía sustancialmente entre países. Por ejemplo, en Suecia la tasa marginal máxima sobre ingresos individuales alcanza el 57 %, una de las más altas del mundo, lo cual impacta el atractivo del país para los trabajadores de altos ingresos.
En cambio, países como Estonia ofrecen un sistema de impuestos sobre ingresos individuales simplificado y con tasas planas, lo cual facilita el cumplimiento fiscal y reduce las distorsiones en la actividad laboral, mejorando así la eficiencia en el mercado laboral y haciendo al país más competitivo a nivel internacional.
Por otra parte, los impuestos sobre la renta personal en Colombia también son progresivos y relativamente altos en comparación con otras economías competitivas. Este tipo de impuestos tiende a desalentar la participación en la fuerza laboral y puede reducir el ingreso disponible de los ciudadanos. En la Ocde, los sistemas tributarios de países como Estonia, que también gravan la renta de manera progresiva pero con tasas más moderadas, han mostrado ser más efectivos en mantener altos niveles de competitividad al equilibrar la recaudación de ingresos con la eficiencia económica.
Impuestos al consumo
El índice también evalúa los consumption tax rates, es decir, los impuestos al consumo como el IVA, que es común en la mayoría de los países de la Ocde. Este tipo de impuestos es crucial porque, al ser indirectos, afectan a todos los consumidores por igual y pueden tener un impacto regresivo. Las tasas de IVA en la Ocde promedian alrededor del 19-20 %, aunque varían considerablemente. En Hungría, por ejemplo, la tasa de IVA es del 27 %, una de las más altas del mundo, mientras que en Canadá es significativamente más baja, situándose alrededor del 5 % en ciertas provincias, lo que da al consumidor canadiense mayor poder adquisitivo en comparación con otros países.
Los impuestos al consumo, si bien son efectivos para recaudar ingresos, pueden disminuir la competitividad si son demasiado altos, pues desincentivan el consumo. Sin embargo, si se aplican moderadamente, permiten a los países recaudar ingresos de forma equitativa, afectando menos la inversión y el ahorro en comparación con otros tipos de impuestos.
Colombia tiene un IVA con una tasa del 19 %, pero solo cubre alrededor del 41 % del consumo final, lo que indica una base tributaria reducida y problemas en la aplicación y cumplimiento de la ley. En países de la Ocde con altos puntajes de competitividad, como Nueva Zelanda, la base del IVA es mucho más amplia y abarca casi todos los bienes y servicios con pocas exenciones, permitiendo una tasa impositiva menor y más sencilla de gestionar. La estructura del IVA en Colombia, al aplicar exenciones y tasas reducidas, introduce complejidad administrativa y limita la eficiencia del sistema tributario, resultando en una menor recaudación y complicaciones para los contribuyentes.
Análisis de resultados y efectos en la competitividad global
El índice demuestra que una estructura fiscal competitiva no necesariamente implica impuestos bajos, sino una administración fiscal eficiente, transparencia y neutralidad. Esto significa que los países con sistemas fiscales menos distorsionantes y que permiten la acumulación de capital (como Estonia y Nueva Zelanda) tienden a clasificar más alto. Tax Foundation observa que la neutralidad fiscal es esencial, ya que permite a las empresas y a los individuos tomar decisiones económicas en función de la productividad y las necesidades del mercado, y no en función de incentivos fiscales específicos.
Estonia, al posicionarse como el país con el sistema fiscal más competitivo, refleja cómo las políticas fiscales que no imponen impuestos innecesarios sobre las ganancias reinvertidas pueden incentivar el crecimiento. Los resultados de este índice invitan a los países con sistemas fiscales más complejos y con altas tasas impositivas, como Italia y Francia, a considerar reformas que simplifiquen la tributación y fomenten el crecimiento económico a través de políticas más neutrales y justas.
Colombia en comparación con países de la Ocde
El último lugar de Colombia en el índice refleja no solo sus tasas altas, sino también la complejidad de su sistema, que incluye impuestos adicionales como el gravamen a los movimientos financieros y el impuesto al patrimonio. En comparación, muchos países de la Ocde han simplificado sus sistemas, eliminando impuestos considerados distorsionantes. Por ejemplo, Italia, que ocupa el penúltimo lugar, también tiene múltiples impuestos a la propiedad y transacciones financieras, aunque sus tasas de impuesto corporativo son algo menores. Países en las primeras posiciones, como Estonia y Letonia, han implementado sistemas más sencillos con menos impuestos distorsionantes y estructuras que facilitan la inversión empresarial y el ahorro.
Conclusión
El Índice de competitividad fiscal internacional 2024 ofrece una guía práctica para entender cómo las políticas fiscales pueden mejorar o afectar la competitividad económica en un contexto global. Las cifras y estadísticas destacan la importancia de estructuras fiscales que promuevan la inversión y el consumo sin crear distorsiones económicas. En un mundo donde el capital y el talento son cada vez más móviles, los países que mantengan tasas fiscales competitivas, como Estonia, probablemente continuarán liderando en competitividad económica.
Por tanto, para que Colombia mejore su competitividad tendría que considerar reformas estructurales que reduzcan las tasas impositivas, amplíen la base del IVA y simplifiquen los impuestos a la propiedad y las transacciones financieras. Estos cambios podrían mejorar la atracción de inversión extranjera y hacer el sistema más efectivo en términos de recaudación sin crear barreras para el crecimiento económico y la productividad.
Sanciones que deben someter al proceso de “actualización” del artículo 867-1 del ET
Las declaraciones de impuestos que se presenten sin pago y en las que se incluyan valores por pagar por concepto de sanciones implicarán que el contribuyente, antes de pagarlas, deba actualizar primero el valor de la sanción si es que ha trascurrido más del plazo especial señalado en la norma.
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Aplicación del límite por pensiones exentas de renta en la reforma pensional de 2024: Dian dio su opinión
La Dian se pronunció sobre el límite de 1.000 UVT por pensiones exentas del impuesto de renta al que se refiere el artículo 84 de la Ley de reforma pensional 2381 de 2024, pues no se hizo claridad sobre si dicho límite aplica a los montos mensuales o anuales recibidos por pensión.
Los detalles aquí.
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[Conferencia] Régimen ordinario de renta vs. régimen simple de tributación en Colombia
El impuesto de renta y complementarios contribuye con las mayor parte de los ingresos del Estado, como porcentaje de los ingresos totales, comparativamente con los otros impuestos nacionales, tanto directos como indirectos. El régimen simple de tributación, por su parte, desde su inicio en el año 2019 comparado hasta el 2023 presenta aumentos significativos por cada uno de los años dada su aplicación voluntaria, lo que demuestra que varios empresarios han optado por acogerse a este régimen para formalizar y desarrollar su estrategia de negocio en Colombia.
Con esta conferencia no se pretende establecer cuál de los regímenes, ordinario o especial de renta, comparados frente al simple, son “buenos o malos”. Se busca abordar, desde la perspectiva y momento de cada negocio, el tipo de régimen que se debería elegir y sus impactos operativos en el desarrollo de los procesos comunes de negocio y de la contabilidad.
Acerca del conferencista
José Quiroga Castillo
Es contador público, especialista en Gerencia Financiera, en Contabilidad Financiera Internacional, certificado en NIIF por el ICAEW, en NIA, participante en diversos cursos y seminarios profesionales y técnicos sobre alta gerencia, liderazgo, crédito y cartera, NIIF, informes gerenciales, mercados internacionales, cooperativismo y economía solidaria, convergencia al modelo NIIF e IASB.
Nueva resolución de la Dian aplica cambios para la exógena tributaria del AG 2024 y siguientes
La Resolución 188 del 30 de octubre de 2024 introduce 10 ajustes a la Resolución 162 de 2023, la cual había definido las personas naturales y jurídicas obligadas a entregar exógena tributaria por el AG 2024 y siguientes.
La Dian expidió la Resolución 188 del 30 de octubre de 2024, con la cual introduce 10 ajustes al texto de la Resolución 162 de octubre 31 de 2023, con la cual se habían definido las personas naturales y jurídicas obligadas a entregar la información exógena tributaria por el AG 2024 y siguientes, así como los formatos que debían utilizar.
Dicha resolución modifica 10 de los artículos que hacían parte de la Resolución 162 de 2023, pero también agrega 12 artículos nuevos.
Además, se reexpidieron 8 de los formatos que ya hacían parte de la Resolución 162, pues los iniciales tenían errores en sus instructivos para elaborar el archivo XML, y adicionalmente se agregaron otros 13 formatos totalmente nuevos.
La resolución aclara cuáles de todos estos cambios sí aplicarían para el reporte del año gravable 2024 y cuales aplicarán solo para el reporte del año gravable 2025 y siguientes.
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Dian: colombianos pagaron 21,77 billones de pesos por impuesto de renta 2023
Por primera vez, el 100 % de las declaraciones del impuesto de renta fueron presentadas virtualmente. 6.155.717 personas naturales presentaron sus declaraciones.
Un total de 6.155.717 personas naturales presentaron su declaración del impuesto de renta y complementarios, correspondiente al AG 2023, lo que representa un recaudo de 21,77 billones de pesos proveniente del 39 % de los contribuyentes que liquidaron un impuesto mayor que cero.
Del total, 5,5 billones de pesos fueron recaudados por los saldos que tuvieron que pagar 1.209.035 contribuyentes, lo que corresponde al 21 % del total de declarantes, y el resto, por medio de la retención en la fuente que se hace a lo largo del año gravable.
La Dian informó que, esto significó un incremento del 10 % frente a los $19.66 billones declarados en el año gravable 2022 y un 9 % de contribuyentes adicionales, es decir, 483.559 nuevos declarantes.
Por primera vez, el 100 % de las declaraciones fueron presentadas virtualmente. Para hacer posible este logro, la Dian dispuso para los ciudadanos herramientas de consulta, diligenciamiento y pago de la declaración de renta, para que se adelantaran de forma más breve, más clara y fácil.
Adicionalmente, la entidad mejoró la eficiencia del servicio No Experto mediante la reducción de preguntas a 38 respecto de más de 200 que tenía el servicio dispuesto el año anterior, y la incorporación automática de los datos precargados.
Un cambio significativo fue la automatización del proceso de declaración sugerida, lo que permitió que la declaración se actualizara automáticamente ante modificaciones en la información exógena, asegurando mayor precisión en la información presentada a los declarantes.
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Nuevo formulario 260 para declaración del SIMPLE AG 2024 y siguientes fue prescrito por la Dian
En el nuevo formulario 260, prescrito con la Resolución 000187 de 2024, se detectan 11 ajustes importantes en relación con lo que fue el formulario aplicable para el año 2023. Listamos las novedades del nuevo formulario, incluyendo los ajustes por la Sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional.El pasado 25 de octubre de 2024 la Dian expidió su Resolución 000187, por medio de la cual se prescribió el formulario 260 para la declaración anual del régimen simple por los años gravables 2024 y siguientes.Dicho nuevo formulario reemplaza, por tanto, al que se había expedido con la Resolución 000061 de abril 8 de 2024, que solo había quedado habilitado para presentar las declaraciones del año gravable 2023, y que sirvió para reemplazar el que se había prescrito inicialmente con la Resolución 008737 de octubre 18 de 2023, pues este último no contemplaba los efectos de la Sentencia C-540 de diciembre 5 de 2023 de la Corte Constitucional.Novedades en el formulario 260 del año gravable 2024Al comparar el formulario del año gravable 2023 que se prescribió con la Resolución 000061 de abril 8 de 2024 y el nuevo formulario del año gravable 2024 prescrito con la Resolución 000187 de octubre 25 […]
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